Cibercrimen – Una realidad en Jaque.

Por el Dr. Diego Di Giorno, Dr. Comité de Tecnología WCA

El Cibercrimen mueve más dinero en el mundo que el narcotráfico, el contrabando de armas o la trata de blancas. Para hacernos una idea, se estima que el cibercrimen tiene un impacto en la economía mundial de alrededor de unos 500.000 millones de dólares al año, según un informe elaborado por el conocido fabricante McAffee –compañía de software especializada en seguridad informática, Santa Clara, California–.

Todo este complejo entramado de ataques e incidentes del mundo digital no puede reducirse tan solo a los virus informáticos. Vivimos en un estadio tecnológico en el que la realidad supera a la ficción, donde casi cualquier cosa que podamos imaginar en cuanto a ataques digitales puede ser perfectamente plausible.

Existen tres motivaciones principales para los ciberataques que se acometen sobre usuarios y organizaciones:
A.-El lucro económico es la finalidad única y exclusiva del cibercrimen.
B.-El control de la información es lo que mueve a los gobiernos y a sus agencias de inteligencia, que centran sus esfuerzos en intentar monitorizar las comunicaciones, tanto de sus propios ciudadanos, así como de otros Estados.
C.-El hacktivismo constituye la motivación de los activistas, que utilizan la red, en lugar del mundo físico, para manifestarse y lograr notoriedad con sus acciones. Pese a que incurren en delitos, su objetivo no es el robo de información ni de dinero, sino reivindicar una causa o idea.-

No se trata de individuos encapuchados aislados en un garaje como algunos puedan imaginar. Hablamos de organizaciones estructuradas, con su jerarquía, sus departamentos, sus equipos multidisciplinares y hasta reclutadores de recursos humanos en algunos casos. En definitiva, organizaciones cibercriminales que basan su actividad económica en campañas masivas de extorsión, fraude y todo tipo de delitos tecnológicos.

Un ejemplo plausible de violación de datos lo retrata el Film llamado «Nada es privado» (The Great Hack), el caso en el que millones de perfiles de Facebook fueron entregados a una compañía llamada Cambridge Analytica. La empresa utilizó información sobre lo que a la gente le gusta, con quién interactúa o con qué pública. En consecuencia, el fin fue adaptar los anuncios comerciales en sus redes sociales a las campañas políticas, como la de Donald Trump de 2016 y la campaña Leave EU sobre la salida de Reino Unido de la Unión Europea (Brexit).

«Los datos ahora se han convertido en el activo más valioso del mundo, más que el petróleo», dijo Jehane Noujaim, codirectora de «Nada es privado» a Newsbeat, de la BBC.

El 4 de Junio del año 2008 se sanciona la ley sobre “Delitos Informáticos – 26.388”, promulgada el 24 de junio del mismo año. Dicha normativa, basó sus disposiciones a la “Convención sobre el Cibercrimen”, más conocida como el Convenio de Budapest, donde Argentina forma parte junto con otros países como Estados Unidos, Italia, España, Japón, Canadá, Israel, Chile, República Dominicana y Panamá. Este convenio es el único tratado internacional sobre delitos informáticos y obtención de evidencia digital.

El 13 de noviembre del año 2013 se sancionó en Argentina la ley 26.904, la que incorpora el delito de “grooming” al derecho interno argentino, estableciendo en el artículo 131 del Código Penal: “Será penado con prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años el que, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma. Finalmente, la ley 27.436 -sancionada el 21 de marzo del año 2018- sustituyó el artículo 128 del Código Penal argentino, penando la simple tenencia de pornografía infantil. Antes se sancionaba la tenencia de ese material solo si tenía fines de distribución o comercialización.

Cyber delitos más frecuentes en la Argentina:
1) Calumnias , calumnias y difamaciones (art 109 a 117 bis Código Penal Argentino).-
2) Amenazas ( Arts. 149 bis y 149 ter Argentino).-
3) Delitos contra la propiedad intelectual ( ley 11723 art 71,72 y ley 25036).-
4) Pornografía infantil (art 128 Código penal Argentino).-
5) Acceso indebido a sistemas informáticos ( art 153 y 153 bis Código Penal Argentino).-
6) Fraude informático (phishing) ( Art 172 y 173 Código Penal Argentino).-
7) Instigación a cometer delitos (art 209 y 209 bis Código Penal Argentino), Apología del delito (art 213 CPA).-
8) Grooming ( Art 131 Coding Penal Argentina ).-
9) Al Extorsión (art Código Penal Argentino).-
10) Daño informático ( destrucción de sistemas informáticos y/o su contenido) ( Art 183 Código Penal Argentino ).-

El Cibercrimen es la actividad delictiva más lucrativa en la actualidad: ocasionando perdidas de 500.000 millones de dólares en la economía mundial. Los ciberataques y los fallos en infraestructuras críticas están en el top 5 de los riesgos identificados por el World Economic Forum.

Autor

  • La WORLD COMPLIANCE ASSOCIATION (WCA) es una Asociación Internacional sin ánimo de lucro formada por profesionales y organizaciones interesadas en el mundo del “compliance”. La asociación tiene, entre sus objetivos, la promoción, reconocimiento y evaluación de las actividades de cumplimiento en las organizaciones (con independencia de su forma jurídica), así como el desarrollo de herramientas y procesos para una correcta protección frente a determinados delitos/infracciones cometidas por sus empleados, colaboradores o cualquier otra persona relacionada con ella.